domingo, 24 de octubre de 2010

LAS GESTIONES PARA LA POSESIÓN EFECTIVA DE LA HERENCIA


Zela llegó a Tacna el 8 de octubre, seguramente, por la noche, porque, sólo, el 10 se presentó al Subdelegado al correspondiente escribano para iniciar los trámites de ley. Declaró llamarse como se conoce y ser de “edad (de) veinticuatro años y tres meses”. En tales circunstancias debió conocer las farragosas exigencias que, desde entonces existen para hacer efectiva una herencia. De inmediato se comunicaría por correo marítimo con su familia de Lima para darle la mala noticia y demandar la agilización de las gestiones.

Sólo el 22 de noviembre de 1792, en Lima, ante Francisco Tenorio y Palacios, escribano; doña María Mercedes Arizaga, viuda de don Alberto, por sí y en representación de sus hijos menores de edad, Juan Miguel y Domingo Antonio de Zela y Arizaga, “el primero de veintitrés años y el segundo de veinte”, juntamente con sus hijos, María Tadea y Feliciano de Zela y Neyra dieron “poder a don Francisco de Zela y Neyra, igualmente hijo de la otorgante y hermano de los demás” para que inicie los trámites de reconocimiento de memoria testamentaria y partición de bienes.

El referido poder debió llegar a Tacna, traído por Domingo Antonio, sólo a fines de diciembre, porque sólo el 3 de enero de 1793 don Francisco Antonio se presentó ante las autoridades del Partido de Tacna para iniciar los trámites de posesión efectiva. En el referido pedimento ya se presenta como “ensayador, fundidor y balanzario de éstas Reales Cajas”.

Una curiosa referencia puede insinuar que la madre de Zela, doña Mercedes de Arízaga, estuvo en algún momento en Tacna.

Entonces Francisco pudo conocer el testamento donde se menciona a los albaceas, Miguel de Hérnicas y Joaquín González Vigil. Pidió al primero, puesto que el segundo había renunciado, la entrega de los inventarios de los bienes de su padre. Cuando Hérnicas le comunicó no haber cumplido con la exigencia de la facción de inventarios, Zela se molestó quejándose contra el albacea por su incumplimiento. Este hecho, como el del incumplimiento de los albaceas para iniciar la facción de inventarios, podría interpretarse como un temor de estos funcionarios por las repercusiones que podría tener en el Superior Gobierno la inexplicable muerte de don Alberto. Los trámites, que fueron prolongados y engorrosos, concluyeron a fines de 1793, y constan en el expediente de “Partición de los bienes de don Alberto de Zela y Neyra” una de cuyas copias está custodiada en el Archivo Nacional de Chile.

El 22 de enero de 1794 don Francisco pudo extender, ante el escribano Portales, una escritura de fianza “a favor de su menor hermano Juan Miguel de Zela” indispensable para participar en el proceso de “división y partición de bienes de su padre realizados por orden de don Thomás de Menocal” y ejecutado por los partidores Juan de Benavides y Miguel Rospigliosi”







viernes, 27 de agosto de 2010

EL PRECIPITADO RETORNO DE FRANCISCO ANTONIO

Cuando ocurrió el fatal accidente en la casa del Cacique y en el momento del desenlace, el hijo que había venido para acompañar a Alberto de Zela no estaba en Tacna. Francisco Antonio, de veinticuatro años de edad, se encontraba en esos momentos de paso por Arequipa, con rumbo a Tacna, en el viaje que lo traía por tierra desde Lima, donde estaba concluyendo los trámites que lo convertirían en un ensayador o, tal vez, había viajado para asumir su defensa en el litis que tenía desde marzo de ese año con Gil de Herrera, tratado en capítulo anterior.

Fue en Arequipa donde, el 21 de Setiembre-recuerda Zela- recibió “la noticia de esta catástrofe”. Con la palabra catástrofe Zela debió referirse al fatal accidente. Imposible que fuese la noticia de la muerte, que ocurrió el 20 de setiembre, porque el correo veloz de Tacna a Arequipa demoraba, con cambio de cabalgadura, de tres a cuatro días. La preparación del viaje de Francisco Antonio debió demorar más de lo acostumbrado, porque, pudiendo haber salido de Arequipa el 22 de setiembre y llegado a Tacna, a más tardar el 29 del mismo mes, arrivó después de quince días. El mismo Zela manifestó, en su oportunidad, que, “habiendo continuado mi viaje a este relacionado pueblo llegué el día 8 de octubre (...) y todavía encontré que no se habían hecho los inventarios de los bienes por no haberse dado parte a ningún juzgado desde el fallecimiento de mi expresado padre”.

MUERTE DE ALBERTO DE ZELA Y NEYRA

Respecto del fallecimiento de don Alberto existen algunas informaciones imprecisas o desconocidas. Aunque Cúneo afirma que don Alberto “murió trágicamente el día 18 de Setiembre de 1792”, el hecho de que, todavía, el 19 dictara un codicilo, el mismo que intentó firmar; demuestra que, en lo que respecta a la fecha de muerte, Cúneo no revisó con su proverbial acuciosidad el protocolo notarial de Portales, ni los libros de entierro; prefiriendo reproducir, sin reserva, lo que había escrito al respecto, José Belisario Gómez y que era, seguramente, una versión oral que, circularía setenta años después del suceso entre la gente antigua de Tacna.

Es muy probable que la agonía no fuese tan corta como lo insinúa Cúneo. En la liquidación de los gastos hechos en los postreros cuidados y en los funerales se incluye un recibo de 10 pesos a favor de Josefa Patricia Rospigliosi “por la asistencia en la enfermedad de dicho finado” y otro a nombre del médico Juan de Urrutia por 5 pesos.

Respecto a que su muerte fue sólo el día 20 de setiembre, lo confirma el libro de entierros de la parroquia de Tacna. Allí se registra que el 21 de setiembre de 1792 fray Esteban Ortega, de la orden seráfica, Guardián del convento de San Francisco de Arica, de licencia, enterró el cuerpo mayor de “don Alberto de Zela y Neira, de 55 años, natural del reino de Galisia (sic), en los de España; Fundidor y Valansario (sic) que fue de las Reales Cajas de este Partido, casado con doña María de las Mercedes Arízaga, vecina de Lima”. Se pagó 44 pesos por entierro de primera con 4 capas; el carpintero José Botentano cobró 25 pesos por la confección del féretro. Se anotó en el acta de entierro que “hizo su testamento y nombró por albaceas a don Miguel de Hérnicas y a don Joaquín Vigil y por herederos a sus legítimos hijos”. Para solemnizar sus funerales, como era costumbre se vistió de luto a sus dos esclavos Félix y Antonio.

La referida fecha de muerte de don Alberto también acerca más el paralelo entre dos símbolos de Tacna: Zela y Vigil. Resulta que, una semana antes de ese deceso había nacido Francisco de Paula González Vigil y “desde el 20 de setiembre del año 1792, en que falleció (…) don Alberto de Zela” las funciones las desempeñó “el substituto (sic) Fundidor y Balanzario de ellas, don Joaquín González Vigil”.

A los pocos días don Joaquín, que había sido designado albacea, seguramente reparando en la incompatibilidad que provenía del hecho de ser éste reemplazante del testador en su función de balanzario, renunció a aceptar el cumplimiento de tal disposición testamentaria. El “veintisiete de setiembre” se admitió su renuncia al albaceazgo.

TESTAMENTO Y CODICILO DEL AGONIZANTE ZELA Y NEYRA

A Gómez, por su metodología intuitiva, no se le ocurrió buscar el testamento del padre del prócer en los archivos notariales ni en los libros parroquiales de entierro de Tacna, ciudad en que había nacido y donde residió hasta su juventud; Gálvez, tampoco investigó fuera de los archivos capitalinos. Así, cuando al tratar el lamentable suceso expresa que respecto “a la fecha de su muerte tampoco hay dato alguno en los archivos de Lima”.

Cúneo fue más sistemático y tuvo posibilidades económicas para recorrer el mundo rebuscando archivos y encontrando datos sorprendentes. Datos que, para desaliento de los investigadores, presentaba sin incluir detalle de las fuentes. En las temporadas en que Cúneo retornaba a la “Heroica Ciudad”, podía consultar los archivos notariales que todavía se conservaban en Tacna, antes de ser trasladados a Santiago de Chile. Entre los libros del Escribano Ignacio Enrique Portales, a quien Cúneo menciona erróneamente como Francisco Enrique Portales, custodiado entonces por el notario chileno Manuel Líbano, encontró el referido testamento.

Según Cúneo, don Alberto, testó el mismo 18 de setiembre de 1792. El referido testamento es un documento imperfecto denominado testamento oral, a diferencia de los testamentos que se dictaban en aquella época, extensos y detallistas; la memoria testamentaria de Zela, por las circunstancias en que se dictó, es breve y conciso, dando la apariencia de corresponder a un testador sin bienes rústicos ni urbanos y con sólo dos esclavos. En fin, una persona modesta y con escasos recursos.

Agonizante don Alberto de Zela y Neyra solo pudo trazar una línea en el protocolo donde constaba su postrera voluntad.

En el referido testamento Alberto de Zela y Neyra declaró tener 57 años de edad y ser “natural de los reinos de Galicia, ciudad de Lugo, hijo legítimo de don Domingo de Zela y de doña Rosa Gómez de Neira”, sus padres que en la santa gloria hayan. En la quinta cláusula declara ser “casado y velado según orden de Nuestra Santa Madre Iglesia con doña María Mercedes Arizaga, residente en la ciudad de Lima, de cuyo matrimonio” han tenido y procreado por sus hijos legítimos a “don Feliciano, don Francisco Antonio, don Juan Miguel, don Antonio y doña María Tadea de Zela y Arizaga; así lo declara para que conste”. Aclara que su esposa no llevó bien alguno al matrimonio “más que la decencia mujeril”. En la séptima cláusula manifiesta que a su hija doña María Tadea, para que contrajera matrimonio con don Vicente Urrutia, finado, le dio 3000 pesos”. En la cláusula octava recuerda que deja dos esclavos: Félix en casa y Antonio en Sama.
Termina el documento designando como sus albaceas, en primer lugar, a don Miguel de Hérnicas y, en segundo orden, a don Joaquín González Vigil, administrador de la Renta de Correos. Fueron testigos en dicho acto don Domingo Agüero, Tesorero de las Reales Cajas, el Capitán don Antonio de Tagle y Bracho, el Teniente don Pedro José Gil de Herrera, don Pedro Méndez y don Matías Baluarte. En aquella oportunidad, Portales, incluyó la nota referida a que Zela “se hallaba incapaz de poder firmar”.
Cúneo, quizás interpretando el hecho más dramáticamente pero, poniéndolo entre comillas, como si se tratase de algo textual; dice que “habiéndole alcanzado la pluma para que firmase, no pudo ejecutarlo por tener el pulso débil, por lo cual rogó al ministro tesorero don Domingo de Agüero para que lo ejecutase por él”. Lamentablemente el más grande historiador del pasado regional se confundió. Este hecho no ocurrió en el acto del día 18, sino, al día siguiente, cuando a pedido del testador se dictó un primer codicilo.
Cúneo, seguramente ufano por el hallazgo, no se percató que, una foja detrás de esa escritura, existía otra escritura del mismo carácter. Se trataba de un codicilo. Este fue dictado, agonizante don Alberto, al día siguiente, 19 de setiembre, con el fin de aclarar algunas cláusulas del testamento que había ordenado el día anterior. Sin embargo, por la gravedad que atravesaba se debió interrumpir el acto. En esas circunstancias, como era lo usual, se pidió al testigo más reconocido del pueblo, para que lo suscribiese en su nombre. El elegido para la solemnidad de firmar, a nombre de Zela, no fue don Domingo de Agüero como lo sostiene Cúneo, sino, don Pedro Josef Gil de Herrera y Montes de Oca.
Esto se conoce esto porque, precisamente, el escribano Portales registró que, “en este estado poniéndole este instrumento en la mano para que lo firmase no pudo ejecutarlo como lo manifiesta la raya antecedente y rogó al Teniente de capitán don Pedro José Gil y Montes lo hiciera por él”.

LA FATAL DEMOSTRACIÓN DE UN ARMA

Aunque la forma trágica como murió don Alberto de Zela y Neyra, era un aporte exclusivo de Belisario Gómez, hasta la publicación de Gálvez, inclusive, la fecha de fallecimiento de era desconocida porque, según confiesa el referido autor, no existe “dato alguno en los archivos de Lima” limitándose a reproducir lo referido por Gómez y a manifestar que estas informaciones “no tienen comprobación alguna, y sólo puede afirmarse que don Alberto no dejó fortuna alguna en dinero y que su muerte ocurrió antes del año 1792”. Como más adelante se expondrá, existen otras fuentes sobre el accidente que terminó con la vida de don Alberto y de la fecha de su muerte.

Refería Gómez que don Alberto de Zela y Neyra murió “en Tacna de una manera casual. Estando de visita en casa del Cacique se suscitó entre los dos una ligera disputa, pretendiendo cada uno tener una escopeta de mejor calidad que la del otro, y para solucionarla mandó don Alberto trajeran de su casa la suya. El Cacique teniendo la certidumbre de que ésta estaba descargada, según lo aseguraba su dueño, la preparó y llevando la chanza adelante, apuntó a su amigo y en breve se oyó una detonación y las sombras de la muerte cubrieron para siempre los ojos de (don) Alberto”.
Creyendo que el arma estaba descargada el Cacique Toribio Ara disparó a don Alberto de Zela y Neyra, quien cayó mortalmente herido.

Mientras Gálvez, reproduce fielmente a Gómez en lo que corresponde al fatal accidente, Cúneo, que en su propósito de fijar la fecha, escribe que, don “Alberto murió trágicamente el 18 de setiembre de 1792, en las circunstancias referidas por José Belisario Gómez en su Coloniaje”, aunque con su extraordinario estilo, dramatiza el luctuoso suceso que terminó con la vida del laborioso balanzario. Relata Cúneo, como, oída la detonación don “Alberto se desplomó mortalmente herido (...) (y que, al momento) de expirar dictó sus últimas disposiciones a presencia del escribano público don Francisco Enrique Portales”. Seiner, con más prudencia, no señala el día del fallecimiento de don Alberto, concretándose a manifestar que en “setiembre de ese año encontró trágica muerte a manos del cacique de Tacna, don Toribio Ara, quien casualmente disparó su arma contra él”.


Lo cierto es que el referido Zela no testó poco antes de expirar ni al momento de ser herido, ni murió el mismo 18, día del accidente. Información localizada en el Archivo Nacional de Chile amplía el panorama.

lunes, 19 de julio de 2010

ZELA EN 1793 ¿ENAMORADO OBSESIVO, LIMEÑO ARROGANTE O LIBERTADOR EN CIERNES?

Las personalidades se burilan con el tiempo, con los hechos vividos. Francisco Antonio de Zela y Arizaga, un criollo limeño avecinado en Tacna, fue haciéndose patriota y prócer con los hechos, con las circunstancias, que le tocó vivir. ¿Zela tuvo como un rasgo de su personalidad la rebeldía? ¿Fue impulsivo, apasionado o vehemente? Efectivamente, existen hechos que retratan su proceder juvenil.

Se trata de una querella entre Francisco Antonio de Zela y el Alcalde Ordinario de Tacna don Pedro Pablo Gil de Herrera que, según fuentes consultadas por Seiner, no ocurrió “en 1793 sino en 1791”. Efectivamente Eguiguren, ubicó en el “Libro del acuerdo y Ordenanzas de la Real Sala del Crimen de la Audiencia de Lima”, que comienza el 1º de enero de 1791, un asiento, del 6 de agosto, donde se registra que, en dicho día, hubo acuerdo ordinario, y se despachó la causa remitida por el Alcalde Ordinario de Tacna contra Francisco Antonio de Zela sobre desacatos a la Real Justicia”. Expresa Eguiguren, que “ya en 1791, el prócer Zela demostraba su inquietud y su carácter” destacando el referido hecho como precursor de las convicciones libertarias de Zela “diez y nueve años antes del grito fervoroso que, por la independencia del Perú, dio Tacna” en 1811. Nada más se conoce, al respecto, de este primer proceso judicial.

Más certero y minucioso es lo que se supone fue un segundo incidente, que, según Gálvez y Seiner, corresponde sólo a lo que se registró como primero. Resulta que, previo al primer viaje que debía hacer Francisco Antonio a Lima, y a antes de la muerte de su padre, ocurrió un incidente en el que Zela fue principal protagonista.

A pesar de la prohibición, Zela recorría las calles desafiando la autoridad del alcalde Gil de Herrera.


En 1905, Aníbal Gálvez, en una tradición titulada “Una Partida Interesante: Crónica tacneña 1793”, interpretó un comentado hecho ocurrido en Tacna desde el 7 de marzo del año 1793, como puntualiza el tradicionalista, tratando un juicio que siguió en Tacna, su Alcalde Ordinario, don Pedro Pablo Gil de Herrera, contra don Francisco Antonio de Zela, ensayador, fundidor y balanzario de sus Reales Cajas. El émulo de Palma le atribuyó un móvil romántico. Exponiendo con el clásico estilo de las “Tradiciones Peruanas”, narra que decían “las malas lenguas y yo lo repito, sin garantizarlo, que entre el Alcalde y el Balanzario había unas faldas, llevadas por una hermosa hija de San Marcos de Arica, la que halagaba con sus miradas al de Zela y enloquecía con sus desdenes al de Gil de Herrera. Agregaban, que de allí nació una enemistad entre ambos”. En 1911, el mismo Gálvez en su libro “Zela”, expuso el asunto con más rigor y formalidad. Esta información tan interesante, cuya fuente no indicó Aníbal Gálvez, corresponde, efectivamente, a un juicio criminal, que era como entonces se denominaba a los juicios penales, atendido, en primera instancia, por el Subdelegado y llevado en apelación, primero, a la Intendencia de Arequipa y, finalmente, hasta la Audiencia de Lima, donde se sentenció y archivó.

Tuvimos la suerte de localizar, en la Sección Real Audiencia del Archivo General de la Nación, en Lima, el expediente que conoció y aprovechó Gálvez para escribir la tradición, lo que permitirá contrastar el documento oficial con la versión novelesca tratada tan amenamente por Gálvez.

Don Francisco Antonio, quizás, dejándose llevar por su juvenil y limeña arrogancia, había violado una norma expedida por el Corregidor Ordóñez cuando la gran revolución de Túpac Amaru amenazaba amagar esos territorios durante la gestión. Esta orden estaba referida a la prohibición de transitar por el pueblo después de las “nueve de la noche en que sale la retreta ( debiendo los vecinos) recogerse y dejar en silencio el pueblo”.

La tradición por su parte dice que “a las diez y media de la noche del 7 de marzo de 1793, un caballero embozado se retiraba precipitadamente de la ventana de una casa o de una romántica conversación junto a una reja de la ventana de una de las casas de Tacna”, cuando, “al escuchar el ruido de las pisadas de la ronda” se caló el chambergo y se alejó raudamente. Los alguaciles capitaneados por el Alcalde “apresuraron la marcha y pronto alcanzaron al nocturno galanteador” descubriendo que se trataba, nada menos, que del joven Zela. Aunque el documento oficia no refiere que Gil estuviese a la cabeza del cuerpo armado, la tradición imagina que sí agregando, de su cosecha, el irónico diálogo. ¡Hola: señor don Francisco! ¿Y que hace a tales horas por estos barrios? Preguntó el jefe de la partida “que era el Alcalde en persona”. “-ya lo ve, su merced; voy tranquilamente a mi casa-, contestó Zela” Gil de Herrera, entonces, extralimitándose, ordenó “Pues en marcha y prontito. Si su merced, reincide en andar por estos barrios a deshoras de la noche, me veré obligado a castigarlo severamente”. “Vaya despacio, señor Alcalde, y ningún alcalde ordinario como su merced, puede ser mi juez legítimo”. El expediente registra un diálogo fue breve y preciso, cuando “siendo preguntado Zela por Gil del destino que llevaba, le (respondió) -que el de recogerse a dormir”- y punto”. Este primer incidente concluyó cuando el flamante Balanzario, a pesar de su juventud, reclamó por el respeto a sus fueros reconviniendo a Gil que “en cuenta tenga que gozo de fuero, y por lo tanto, ningún alcalde ordinario, como su merced, puede ser mi juez legítimo”. Gálvez concluye novelezcamente el incidente narrando que Gil de Herrera mordiéndose “los labios aguantó el alfilerazo, con la esperanza de devolverlo a su tiempo. Pero don Francisco no se quedó allí ¡Qué iba a quedarse!

Al día siguiente, 8 de marzo de 1793, Zela acudió donde el “Subdelegado de aquel Partido ofreciendo información de este atropellamiento”, apelando a unos privilegios que se habían concedido, en 1767, a los empleados de la Real Caja de Pasco, a rogativa de uno de ellos, don Andrés Barrientos.

A los pocos días “su apoderado en Arequipa se presentó al Intendente don Antonio Álvarez y Ximénez” y éste, como era lo usual los remitió a su asesor al Promotor Fiscal, que a la sazón era el doctor Zuzunaga. El primer apoderado de Zela, que según poder otorgado en Tacna el 19 de octubre de 1792 era, don Francisco Salguero interpretó la contestación de Zela como “juiciosa respuesta que antes de satisfacer como debía a dicho señor Alcalde, sólo sirvió para que este Señor abocándose jurisdicción que no tiene le intimase a mi parte una severa reprehensión conminatoria y envuelta en términos disonantes a la moderación y arreglada conducta”. Del segundo apoderado, que era “don Isidro Alcázar”, no se conoce ningún trámite significativo. Uno y otro apoderado eran vecinos de Arequipa.

El doctor Zuzunaga recomendó a la autoridad para que a Zela “le sean guardados los fueros que por su empleo le corresponden y señaladamente la independencia del Alcalde Ordinario del pueblo de Tacna”. Dijo que “apareciendo del contexto de la misma Real Cédula la distinción y honores que al empleo de Ensayador corresponden, y constando por notoriedad que la persona de don Francisco de Zela no desmerece obtenerlo y que es legítimo sucesor en él por fallecimiento de su legítimo padre que por muchos años lo sirvió bien en el partido de Caylloma y en el mismo de Arica”. Concluyó su informe con un puntillazo dirigido al prepotente Gil de Herrera: “extrañándose en el actual Alcalde Ordinario de Tacna la ignorancia de estas excepciones” pide se le prevenga como al Subdelegado del Partido”.

Aunque es probable que existiese una posterior apelación dado que el expediente reposaba en los archivos de la Real Audiencia de Lima; el 5 de abril de 1793 se pronunció el fallo del Intendente de Arequipa, don Antonio Álvarez y Ximénez, que ordenó se “Guárdese a don Francisco de Zela, Ensayador, Fundidor y Balanzario el fuero y privilegios que como tal le corresponden”. Corrido el exhorto el Escribano de Tacna hizo saber la sentencia y la orden al Subdelegado y al Alcalde Ordinario de Tacna.

No es difícil reconocer la trascendencia de este hecho que, como señala Gálvez, permite conocer otro rasgo de la personalidad de Zela: “la de la prudencia para precaverse de ultrajes a su dignidad”, tan importante en la formación de la contextura moral del adalid. Existen, sin embargo, dos posibles consecuencias de este, aparentemente pintoresco suceso. La primera está referida a lo mucho que el criollo limeño ganó en autoestima, rasgo psicológico indispensable en la formación del líder; al haber, con sus veinticuatro años mozos, “puesto en su sitio” al primer Subdelegado, el fatuo de don Thomás de Menocal, y ridiculizar al alcalde ordinario y tacneño viejo, emparentado, linajudo y hacendado como don Pedro Pablo Gil de Herrera. La segunda corresponde a que, a despecho de su investidura de importante funcionario de la corona, don Francisco Antonio de Zela, sin llegar a ser, todavía, rebelde o levantisco, se enfrenta, aún imberbe, inexperto, al statu quo, al sistema colonial al que él pertenecía.

A diferencia de Cúneo, que no dispensó interés al suceso; Gálvez lo valoró reconociendo “que en Zela forjó la idea de sublevarse, luego de haber experimentado la incapacidad de revertir un encarcelamiento injusto”.